Grupo 2
El Ministerio de Economía y Finanzas es el órgano rector del Presupuesto Público, de esta manera, es la Dirección de Presupuesto de la Nación adscrita bajo la responsabilidad del Viceministro de Economía, la unidad administrativa responsable del ejercicio de las competencias correspondientes a dicho rol, entendiéndose como la más alta autoridad técnica normativa del Sistema de Gestión Presupuestaria.
Dentro de sus competencias en materia presupuestaria podemos mencionar las siguientes contenidas en el artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, modificadas por la Ley 61 del 14 de octubre de 2010 a seguir:
- Dirigir la administración presupuestaria del Sector Público, la cual comprende la formulación de directrices para orientar a las entidades públicas en la preparación y examen de sus anteproyectos de presupuesto, la preparación o formulación del anteproyecto de Presupuesto General del Estado, debidamente sustentado en los ingresos del Sector Públicos y la Ley de responsabilidad Social Fiscal, para que, previa revisión y validación del Ministerio de la Presidencia, mediante resolución administrativas, sea considerado y aprobado por el Consejo de Gabinete, así como la asignación periódica, registro, seguimiento y evaluación de la ejecución del Presupuesto General del Estado, su cierre y liquidación anual.
- Presentar al Órgano Ejecutivo un plan de contención del gasto, cuando en cualquier época del año considere fundadamente que el total de los ingresos disponibles pueda ser inferior al total de los gastos autorizados en el Presupuesto General del Estado. Este plan será aprobado mediante resolución ejecutiva;
Presentar al Órgano Ejecutivo un plan de reducción del gasto, cuando en cualquier época del año los ingresos efectivamente recaudados sean inferiores a los presupuestados y no exista previsión para solventar tal condición. Este plan será sometido a la aprobación del Consejo de Gabinete y de la Comisión de presupuesto de la Asamblea Legislativa, para la correspondiente modificación del Presupuesto General del Estado; - Presentar, al Órgano Ejecutivo y a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, un informe trimestral sobre la ejecución presupuestaria y un informe anual sobre la situación de las finanzas públicas.
Actualmente, la Dirección de Presupuesto de la Nación a través de la Resolución N° 8 de 23 de julio de 2008, modificada por la Resolución N° 211 de 7 de octubre de 2010, por la cual se aprueba y adopta el Manual de Organización y Funcionamiento del Ministerio de Economía y Finanzas, y el Decreto Ejecutivo N° 246 del 16 de marzo de 2012, cuenta con la siguiente Estructura Orgánica a saber:
- Dirección
- Subdirección
- Secretaría Técnica
- Unidad de Computo
- Departamento de Monitoreo y Evaluación de Programas Presupuestarios
- Departamento de Programación Presupuestaria
- Sección de Programación Presupuestaria
- Sección de Estadística para la Programación Presupuestaria
- Departamento de Presupuesto de Servicios Generales del Gobierno Central y Municipios
- Departamento de Presupuesto de Servicios Económicos y Sociales del Gobierno Central
- Departamento de Presupuesto de Instituciones Descentralizadas
- Departamento de Presupuesto de Empresas Públicas e Intermediarios Financieros
- Departamento de Organización del Estado
- Sección de Organización Administrativa del Sector Público
- Sección de Políticas de Recursos Humanos del Sector Público
Misión y Visión
Misión
Dirigir la administración presupuestaria del Sector Público que comprende la programación y formulación del proyecto de Presupuesto General del Estado, la ejecución, el control, seguimiento y evaluación y el cierre y liquidación anual de los presupuestos del Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas, Empresas Públicas e Intermediarios Financieros que integran el Presupuesto General del Estado.
Visión
Institución líder en el proceso de modernización de la gestión presupuestaria en el sector público y en la formulación y ejecución de la política fiscal como parte de la política económica y social del País.
Objetivo
Dirigir, programar, ejecutar y evaluar el presupuesto mediante la centralización normativa y descentralización operativa.
PREGUNTA, CAPITULO II; EL SECTOR PÚBLICO Y SUS
CARACTERISTICAS
1. ¿De qué manera está compuesto
el sector público, conforme con el Manual de Estadísticas de Finanzas Publicas
(MEFP) del FMI?
El
sector público está compuesto de la siguiente manera:
- Sector
Publico No Financiero (SPNF)
a- Las
entidades cuya actividad primaria es desempeñar las funciones de gobierno.
b- Las
instituciones sin fines de lucro no de mercado que son controladas o
financiadas por unidades gubernamentales.
c- Corporaciones
no financieras que abarca las entidades creadas con el objeto de producir
bienes y servicios no financieros.
PREGUNTA, CAPITULO III; ASPECTO BASICOS DE LA CONRTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
2. ¿Qué es la Contraloría General
de la Republica, a Nivel Nacional?
La
Contraloría General de la Republica a Nivel Nacional; es el ORGANO RECTOR del sistema de contabilidad gubernamental, bajo las perspectivas
de una centralización normativa y una descentralización operativa.
GLOSARIO.
1. Gobiernos Locales:
comprende las organizaciones políticas autónomas de las comunidades,
establecidas en los Distritos. La
organización municipal, será democrática y responderá al carácter esencialmente
administrativo del gobierno local.
2. El Gobierno Central:
El mismo incluye a los Ministerios, Secretarias, Direcciones(Dirección General
de Tesorería, Dirección de Crédito Publico, Dirección General de Ingresos,
entre otras), y los Departamentos del Órgano Ejecutivo; con excepción del
Ministerio Publico.
Comentarios
de la existencia de controles y mecanismos de coacción, algunos de estos mecanismos deben operar dentro de las propias instituciones. Por ejemplo, una auditoría interna eficiente se refleja en un mejor funcionamiento de las instituciones y da alguna garantía de que
éstas no se apartarán de su mandato fundamental.
Erick Morales.